En México, el permiso de paternidad es de solo 5 días laborables, que se pueden tomar en cualquier momento a partir del nacimiento del menor.
Los permisos parentales dirigidos a hombres trabajadores son una figura legal relativamente nueva en México, pues fue hasta el 2012 que se incorporó la licencia de paternidad en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Asimismo, apenas en el 2019 se creó la licencia laboral por cuidados médicos de hijos menores de 16 años diagnosticados con cáncer, un permiso que se puede otorgar al padre o a la madre del menor.
Respecto a la licencia de paternidad, si bien representa un avance en los derechos de la infancia y la equidad de género, padece de al menos 3 problemas en su regulación:
- Con una duración de apenas 5 días laborables, es una de las más cortas del mundo y significativamente menor que la licencia de maternidad.
- No es suficiente para contribuir a que se garantice el derecho de los menores a ser cuidados.
- Se presta a irregularidades, ya que la ley no especifica a partir de cuándo debe otorgarse.
La licencia de paternidad en la Ley Federal del Trabajo
El permiso de paternidad está garantizado por el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, que enlista las obligaciones de los patrones. En la fracción XXVII Bis, se establece la obligación de:
(El patrón está obligado a) Otorgar permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante.
Art. 132, fracción XXVII Bis.
Debido a que la ley no ofrece más detalles, en la práctica los patrones dan el permiso a los trabajadores y posteriormente éstos presentan el acta de nacimiento como prueba de su paternidad.
Pero si el trabajador no presenta el certificado o el acta de nacimiento, el patrón puede descontarle los días por falta injustificada, explica José Juan Ríos Aguilar, coordinador de la sección Laboral y de Seguridad Social en IDC Online, en el podcast “Brújula Legal”.
Hasta aquí es todo lo que marca la ley sobre la licencia de paternidad, que se deja en manos de los patrones y queda fuera de la seguridad social.
Cuestionamientos al permiso de paternidad
El espíritu de las licencias o permisos de paternidad es respetar el derecho de los trabajadores a conciliar su vida personal y laboral, permitir a los padres que cumplan con sus obligaciones familiares y hacer valer los derechos del menor a recibir cuidados.
En contraste, la licencia de paternidad en México no contribuye a ninguno de estos objetivos, pues además de ser inequitativa, no contempla todos los casos en que el trabajador necesita cuidar a su hijo por más tiempo. Como observa Ríos Aguilar:
- Si la madre fallece o simplemente no está disponible, el menor queda desprotegido por la ley, pues el sistema de guarderías acepta a los bebés a partir del día 43 de nacimiento.
- Los hijos de familias monoparentales son discriminados por la ley, frente a los bebés de hogares biparentales, donde es más probable que la mamá asuma los cuidados.
Si el trabajador requiere más días de licencia, tiene que solicitarlos al patrón, quien tiene el derecho de negarlos. Entonces, el trabajador puede recurrir ante Conciliación y Arbitraje, iniciando un juicio que probablemente tardará años en resolverse.

Entonces, la licencia de paternidad actual se contrapone al artículo 4 de la Constitución, que establece la obligación del Estado de velar por el principio del interés superior de la niñez.
Nuevas propuestas a favor de los menores y sus padres
A continuación, se recogen los antecedentes sobre modificaciones a la licencia de paternidad, tanto en países referentes como en entidades más avanzadas en la materia, como Oaxaca.
1. Intercambio de los días de maternidad y paternidad
En algunos países europeos, los días de licencia se pueden intercambiar entre la madre y el padre.
Por ejemplo, en Italia la licencia de paternidad dura 6 meses y se puede tomar en cualquier momento dentro del primer año de vida del menor, como documenta el artículo académico “Análisis jurídico de la paternidad con perspectiva de género”, de Juan García Delgadillo y Gabriela Mendizábal, publicado por la UNAM.
De esta manera, el Estado apoya la igualdad de género y la corresponsabilidad familiar, al menos desde el punto de vista legal.
2. Mayor duración del permiso
En México, se ha propuesto ampliar los días de permiso para los padres. El precedente ya lo sentaron algunas entidades: mientras que en la Ciudad de México, la licencia de paternidad es de 15 días naturales, en Oaxaca se aprobó una licencia de paternidad de 45 días con goce de sueldo.
3. Regulación precisa del permiso de paternidad
La ley debe establecer con detalle los tiempos para otorgar la licencia de paternidad, precisando si es a partir del nacimiento o en cualquier momento.
Ríos Aguilar señala que también se deben regular los modos de acreditarla, para no depender únicamente del acta de nacimiento (tema importante, por ejemplo, cuando hay de por medio un juicio de reconocimiento de paternidad).
4. Incorporar la licencia a la seguridad social
Finalmente, el analista considera que la propuesta de ampliar la licencia de paternidad tiene más posibilidades de avanzar si se incorpora a la seguridad social de los trabajadores.
De esta manera, no sería el patrón quien asumiría el costo de cada licencia de paternidad con goce de sueldo, sino que el IMSS asumiría el pago del salario base de cotización, como ya ocurre con el permiso de maternidad.