Evita contratiempos al cumplir con el otorgamiento de esta prestación de los trabajadores.
Si bien este año no existen condiciones favorables para viajar, el verano continúa siendo la temporada favorita para la solicitud de vacaciones pagadas por parte de los trabajadores, porque coinciden con el receso escolar.
Con el fin de evitar cualquier reclamo por parte del personal, así como eventuales problemas con Conciliación y Arbitraje, los patrones requieren observar las reglas relativas al otorgamiento de esta prestación.
Resumimos aquí los lineamientos establecidos por la Ley Federal del Trabajo, acerca del mínimo de días de vacaciones pagadas por año trabajado, la base salarial para su remuneración y las reglas para el cálculo de la prima vacacional.
Las vacaciones, según la Ley Federal del Trabajo
Las vacaciones son una prestación que emana de los artículos 76 al 81, capítulo IV, de la LFT. Su objetivo es permitirle al trabajador recuperarse del desgaste generado por las actividades laborales realizadas durante un año.
Mientras que el artículo 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce el “derecho al trabajo”, el artículo 24 señala que “toda persona tiene derecho a vacaciones periódicas pagadas”.
Los periodos de descanso son indispensables para preservar la salud del personal e incentivar la productividad.
Días de vacaciones por año trabajado
Específicamente, el artículo 76 establece que:
“Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios”.
Asimismo, señala que después del cuarto año de labores, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicios.
Años de servicio | Días de vacaciones |
1 | 6 |
2 | 8 |
3 | 10 |
4 | 12 |
5 a 9 | 14 |
10 a 14 | 16 |
15 a 19 | 18 |
20 a 24 | 20 |
25 a 29 | 22 |
30 a 34 | 24 |
Salario y prima vacacional
La base salarial para la remuneración de los días de vacaciones es, precisamente, el salario ordinario vigente en el momento. Es decir, que el trabajador debe continuar recibiendo su sueldo ordinario porque los días de vacaciones se consideran como laborados.
Por otro lado, los patrones están obligados a pagar una prima vacacional consistente en por lo menos el 25 por ciento de los salarios correspondientes al periodo de descanso.
Multas por incumplimiento
Finalmente, es importante recordar que el incumplimiento de las disposiciones relacionadas con la determinación y disfrute de las vacaciones, puede resultar en una multa por el equivalente de 50 a 250 UMA.
En valores actuales, este rango es de 4 mil 481 a 22 mil 305 pesos por cada trabajador afectado en su derecho a las vacaciones pagadas.
Cumplir en tiempo y forma con el otorgamiento de las vacaciones pagadas, no solo evita multas y mejora la productividad laboral. También contribuye a la erradicación de los factores de riesgo psicosocial y al cumplimiento de la NOM 035 de la STPS.
Para profundizar en la normatividad aplicable en México, se recomienda la lectura del artículo Vacaciones de los trabajadores: 10 preguntas (y respuestas) claves.