Castigos penales contra facturas falsas en el 2020

La defraudación fiscal sería equiparable al crimen organizado, de acuerdo con el paquete de reformas aprobadas por el Senado de la República.

Dice un conocido refrán: el que nada debe, nada teme. Por eso, más vale no incurrir en la expedición, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones simuladas o inexistentes.

Así es. El fisco federal en 2020 podría tener muchos más dientes jurídicos para cazar y castigar la defraudación fiscal, con sanciones penales. Por ello, es tan relevante la verificación de facturas.

Te recuerdo que el pasado 10 de septiembre, el Senado de la República aprobó y turnó a la Cámara Baja la aprobación de un paquete de reformas para tipificar la defraudación fiscal como delito equiparable al crimen organizado.

Los castigos

A partir del 1 de enero de 2020, cuando la autoridad fiscal federal inicie con mayor ahínco la identificación de empresas con esas prácticas, los castigos podrían ser de hasta ocho años de cárcel.

Y esto es debido a las modificaciones a las leyes Federal contra la Delincuencia Organizada, así como de Seguridad Nacional y los códigos Nacional de Procedimientos Penales, Fiscal de la Federación y Penal Federal, que aprobó el Senado con 82 votos a favor.

Estas medidas que, indiscutiblemente, son las más graves, se añadirían a las propuestas en el Paquete Económico 2020, presentado al Congreso de la Unión, de parte del Ejecutivo federal y que ya abordamos en mi artículo anterior.

La dimensión del problema

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en su exposición de motivos sobre las modificaciones fiscales planteadas para el 2020 en el Paquete Económico, destaca que la autoridad tributaria detectó del 2014 al 2017 que el número de empresas que facturan operaciones inexistentes aumentó en seis veces.

Notas periodísticas indican que unas 9 mil empresas fantasmas, que emiten facturas de actos inexistentes, fueron creadas de junio 2014 a junio de 2018.

Para el fisco federal, cada una de las empresas que facturan operaciones inexistentes, emite facturas para alrededor de 50 empresas, con un promedio de facturación de cinco millones de pesos para cada una de éstas. 

¿Cómo las identifica el fisco?

La Secretaría de Hacienda -conocida coloquialmente como “Lolita”- detalla que las empresas que facturas operaciones inexistentes o simuladas tienen características muy peculiares, tales como que:

  • No cuentan con los activos, personal ni infraestructura física para llevar a cabo las operaciones por las que emiten comprobantes.
  • No se localizan en el domicilio fiscal que dieron de alta ante el RFC, o después de un tiempo lo desocupan sin presentar el aviso correspondiente a la autoridad fiscal.
  • El domicilio fiscal lo comparten con otros contribuyentes, generalmente en zonas marginadas, virtuales o ficticias, en donde es complicado para la autoridad fiscal localizarlos.
  • Sus socios no cuentan con recursos económicos, habitan en zonas marginadas o fueron empleados de dichas empresas y desconocen que son socios de tales empresas.
  • Abren cuentas bancarias y las cancelan en tiempos muy cortos y cuentan con un objeto social muy amplio para poder ofrecer comprobantes fiscales acordes a las actividades de los contribuyentes que los adquieren.

No está de más que revises que tus proveedores no se encuentren en las listas que mensualmente publica el SAT en su página de internet y en el Diario Oficial de la Federación, de contribuyentes identificados como emisores de facturas de operaciones inexistentes. Evita problemas y mejor sé derecho con “Lolita”.

<h4 class="item-title">Yenisey Valles</h4>

Yenisey Valles

Hago periodismo económico desde el 2002 y me especialicé en esta área con un diplomado en el Tec de Monterrey. Soy comunicóloga, maestra en Humanidades por la UDEM y doctora en Ciencias Sociales con orientación en Desarrollo Sustentable por la UANL. Actualmente, soy Content Manager en Bind México, además de impartir talleres de redacción en posgrado.

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