Alcances y consideraciones sobre el Buzón IMSS

El nuevo Buzón IMSS busca apoyar a los empleadores en el retorno a la nueva normalidad, pero es importante conocer sus condiciones de uso.

A través del nuevo Buzón IMSS, los empleadores ya pueden recibir notificaciones y presentar solicitudes ante el Seguro Social, sin necesidad de acudir a realizar fila en una delegación.

Este nuevo sistema de comunicación digital entre el Instituto y los patrones, que entró en vigor el 3 de agosto, busca disminuir el contacto presencial con personal de la dependencia.

Ahora bien, en el mismo sentido que el buzón tributario del SAT, el buzón IMSS sirve como un canal de entrega de documentos digitales, mas no es viable para todos los trámites; además, está regido por reglas de uso y horarios.

Alcances del Buzón IMSS

La activación del Buzón IMSS está disponible para las personas físicas y morales inscritas en el Alta Patronal.

Por un lado, a través del buzón el Instituto puede realizar la notificación de cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa.

En contraparte, los particulares pueden emplearlo para cumplir varias de sus obligaciones con este sistema de seguridad social, como:

  • Presentar solicitudes, avisos y promociones.
  • Cumplir con obligaciones y requerimientos efectuados por el IMSS.
  • Realizar la Emisión mensual anticipada (EMA) y Emisión Bimestral Anticipada (EBA).
  • Consultar su situación fiscal y administrativa ante el Instituto. Acceder a documentos, como oficios para autorizaciones de Contador Público Autorizado, cédulas de liquidación y cartas invitación.

Objetivos del nuevo canal

De acuerdo con los lineamientos generales del Buzón IMSS, publicados en el Diario Oficial de la Federación, con este canal se busca:

  • Facilitar la disponibilidad de documentos digitales las 24 horas, los 365 días del año.
  • Garantizar la seguridad de la información desde un sitio web institucional.
  • Acceder a un repositorio único para los asuntos y trámites de su empresa.
  • Agilizar trámites.

Pasos para el acceso

Según se explica en la página del IMSS, los empleadores únicamente necesitan su RFC, e.firma o firma electrónica y tener autorizado el Buzón Tributario del SAT.

Para habilitarlo, es necesario:

  • Ingresar a la página www.imss.gob.mx y actualizar los medios de contacto en la sección “Buzón IMSS” (al menos un correo electrónico y un número de celular).
  • Validar los datos mediante el aviso que enviará el IMSS en un plazo máximo de 72 horas.
  • Manifestar expresamente la conformidad con el uso de los datos por parte del IMSS, a través de este sistema de comunicación electrónica.

Consideraciones sobre su uso

  • Todas las actuaciones electrónicas efectuadas mediante el Buzón IMSS deberán ser firmadas con la e.firma.
  • Por cada actuación realizada en el Buzón IMSS, se emitirá un acuse de recibo electrónico que estará disponible para descarga únicamente por tres meses.
  • Los horarios aplicables serán los vigentes en el domicilio del empleador.
  • El IMSS únicamente enviará notificaciones en días hábiles, entre 9:30 y las 18:00 horas (CDT).
  • Si bien está disponible las 24 horas, las actuaciones que sean enviadas en día inhábil se tendrán por recibidas a primera hora del siguiente día hábil.
  • Los particulares disponen de tres días hábiles para abrir sus notificaciones en el Buzón IMSS.
<h4 class="item-title">Yenisey Valles</h4>

Yenisey Valles

Hago periodismo económico desde el 2002 y me especialicé en esta área con un diplomado en el Tec de Monterrey. Soy comunicóloga, maestra en Humanidades por la UDEM y doctora en Ciencias Sociales con orientación en Desarrollo Sustentable por la UANL. Actualmente, soy Content Manager en Bind México, además de impartir talleres de redacción en posgrado.

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