Finalmente queda listo el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) para el outsourcing.
Desde el 23 de abril del 2021, se publicó la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), que limitó el outsourcing o subcontratación de personal únicamente para cubrir las labores especializadas y ajenas al giro principal de los centros laborales.
Entre las nuevas obligaciones derivadas de la reforma, está el hecho de que ahora las compañías que prestan servicios de outsourcing deberán obtener la autorización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), mediante registro en la plataforma REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas.
Concretamente, este registro es obligatorio para las compañías que envían a su personal a las instalaciones de empresas contratantes, para prestar servicios u obras especializadas, que no formen parte del objeto social ni la actividad económica preponderante de esas empresas (artículo 13 de la LFT).
Entre los ejemplos más comunes de compañías que prestan a su personal, para la ejecución de tareas, destacan los servicios de:
- Seguridad en oficinas y fábricas
- Comedor para los trabajadores
- Mantenimiento de maquinaria
Cabe aclarar que las compañías que proveen servicios a otras, manteniendo a los trabajadores en sus propias oficinas (por ejemplo, un despacho contable), no entran en la categoría de prestadoras de servicios de outsourcing.
Requisitos del REPSE para contratistas
Los contratistas que ofrezcan estos servicios de subcontratación, deben hallarse registrados en el REPSE, habiendo cumplido estos requisitos:
- Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social (art. 15, LFT).
- Presentar sus documentos escaneados bien claros y legibles.
- Solicitar el registro por actividades correspondientes al objeto social de la persona física o moral.
Una vez obtenido el registro, el prestador debe incluir en cada contrato que celebre su número de registro y los folios de las actividades del objeto social registrado en el REPSE.
Cada tres años se deberá tramitar la renovación del registro.
¿Cómo constatar el registro de un subcontratista?
Finalmente, la STPS difundió el mecanismo para que cualquier persona interesa consulte si un prestador de servicios especializados cuenta con su registro en este padrón:
- Ingresar al portal https://repse.stps.gob.mx/
- Dar clic en “Consulta el catálogo”
- Tras leer los términos legales que respaldan el catálogo, presionar el botón “Consulta”.
- Aparecerá un listado con miles de compañías, pero incluye un buscador para averiguar si un subcontratista cuenta ya con el registro, a partir de su nombre o razón social.
Incumplir con la reforma acarrea multas por un monto hasta 10 veces superior al de las sanciones anteriores (hasta 4 millones 480 mil pesos), tanto para las empresas que subcontraten personal para tareas que sí corresponden con su objeto social, como para los contratistas que no cuenten con su registro ante el REPSE.