La propuesta de miscelánea fiscal 2022 intenta imponer obligaciones técnicamente inviables, denunció el IMCP.
Los contadores están de acuerdo con el espíritu general del paquete fiscal 2022 de fortalecer las medidas contra la evasión fiscal, pero la nueva obligación en materia de auditorías afectaría gravemente su actividad profesional, denunció el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
En específico, el IMCP apoya la propuesta de que los contribuyentes con ingresos acumulables por 876 millones 171 mil 996 pesos estén obligados a hacer dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales.
No obstante, tal como está planteada en la miscelánea, esta última obligación transfiere al contador público responsabilidades que no le corresponden, le resta imparcialidad y le atañe facultades propias de los profesionales del Derecho.
Concretamente, el organismo se pronunció en contra del intento de reformar el artículo 52 del Código Fiscal de la Federación (CFF) que, desde un punto de vista técnico, afectaría el ejercicio de la actividad contable.
¿En qué consiste la reforma al artículo 52?
El artículo 52 del CFF establece que se presumirán ciertos los dictámenes realizados por los contadores públicos registrados ante las autoridades fiscales, sobre los estados financieros de los contribuyentes.
La fracción II, establece:
Que el dictamen se formule de acuerdo con las disposiciones del Reglamento de este Código y las normas de auditoría que regulan la capacidad, independencia e imparcialidad profesionales del contador público, el trabajo que desempeña y la información que rinda como resultado de los mismos.
Art. 52, Código Fiscal de la Federación
Ahora, la miscelánea fiscal 2022 propone que en esta fracción se incorpore la obligación del contador de informar a las autoridades cuando un contribuyente incumpla las disposiciones o incurra en comportamientos que puedan constituir el delito de defraudación fiscal.
Desacuerdos con el paquete fiscal 2022
En la versión vigente, el artículo 52 del CFF establece que los contadores podrán ser sujetos a sanciones cuando incumplan con las disposiciones en materia de auditoría fiscal. En tal caso, el castigo es la suspensión profesional, que puede ser de tres años o incluso, definitiva.
Con el paquete fiscal 2022, se pretende que el contador auditor sea quien informe a la autoridad cuando los estados financieros presentados por los contribuyentes presentan inconsistencias.
Ahora el contador podría incluso recibir una pena corporal, con prisión de tres a seis años.
“Consideramos que, con esta adición, la autoridad no considera que aún realizada de conformidad con las NIF aplicables, la auditoría tiene limitaciones técnicas inherentes que implican el riesgo de que algunos errores significativos pudieran no ser detectados”.
Adicionalmente, la propuesta del Ejecutivo:
- Transfiere al contador obligaciones que corresponden al contribuyente
- Exige del contador auditor facultades que son propias de los profesionales del Derecho
- Le resta la imparcialidad e independencia al contador auditor, al obligarle a asumir tareas gerenciales y de control financiero interno.
Finalmente, el IMCP denunció que el contador público inscrito no puede detectar incumplimientos en materia aduanal, porque no está calificado como perito en el códio aduanero.
En suma, el organismo pidió corregir a tiempo el paquete fiscal 2022, para que cumpla con los principios de razonabilidad y proporcionalidad y no afecte el rol del contador en el crecimiento de las empresas.