Founders Agreement: ¡conoce estos hacks legales!

El founders’ agreement es un pacto entre los socios, que regula la vida interna de la sociedad y otorga tanto derechos como obligaciones.

En el ecosistema emprendedor, es muy común escuchar sobre el founders’ agreement o shareholders’ agreement, acuerdos clasificados como pactos parasociales.

Considero podemos definirlos como “un contrato que celebran los socios de una empresa, con la finalidad de regular el gobierno interno de la misma, establecer derechos y obligaciones de los socios, limitar responsabilidades y establecer las formas de llevar a cabo la relación societaria”.

En términos sencillos, podemos decir que sirven para regular la vida interna (privada) de una startup.

Hack #1: Acomoda los legos

Es de vital importancia que los socios de una startup identifiquen las necesidades principales en materia corporativa.

Existen dos grandes vertientes para establecer el funcionamiento y operación de una sociedad, así como las actividades y responsabilidades que los socios deberán cumplir:

1. Los pactos estatutarios

Son acuerdos contenidos en los estatutos sociales (acta constitutiva), en donde se detallan los derechos y obligaciones de los accionistas, la forma de administrar la sociedad y la distribución de las utilidades, entre otros aspectos.

Estos pactos son públicos, por que se inscriben en el Registro Público del Comercio. Además, son obligatorios tanto para la startup como para los accionistas y no obligan a terceras personas a su cumplimiento.

2. Los pactos parasociales

Son acuerdos independientes (generalmente privados y reservados) que se celebran entre accionistas o con terceras personas ajenas a la sociedad; obligan solamente a quienes los firman y no es necesaria su inscripción en el Registro Público del Comercio.

Por ello, estos pactos permanecen privados y en ocasiones pueden complementar lo que disponen los estatutos sociales o establecer mayores detalles sobre las responsabilidades y obligaciones de cada socio.

Hack #2: No confundamos

Es común que se confunda el contrato de vesting con el founders agreement, pero cada instrumento tiene su particular objetivo. Puedes distinguirlos de la siguiente manera:

  1. El founders’ agreement regula la vida interna, relaciones entre socios, otorga derechos y genera obligaciones.
  2. Por su parte, el vesting establece la posibilidad de formar parte del capital social por el paso del tiempo o cuando se cumplan ciertos objetivos (generalmente se emplea para retener el talento y se firma con los colaboradores clave).

Sin embargo, en el founders’ agreement sí se puede establecer quién tendrá las facultades para otorgar el vesting, a qué tipo de colaboradores clave se les ofrecerá y cuáles serán los parámetros de cumplimiento para su otorgamiento (según el cumplimiento de objetivos o resultados).

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Los socios pueden realizar pactos parasociales, como el founders agreement.

Hack #3: Papelito siempre habla

La legislación permite este tipo de acuerdos y no exige una formalidad especial para celebrarlos por lo que, incluso pueden ser verbales.

Sin embargo, en Komenko te recomendamos que cuando tú y tus socios lleguen a un acuerdo, siempre lo plasmen por escrito.

Una vez firmado el founders’ agreement, pueden reforzar su validez mediante los siguientes mecanismos:

  1. Ratificar las firmas del contrato ante notario público.
  2. En caso de que lo hayan firmado todos los accionistas o se adhieran nuevos socios, pueden ratificar el contenido del contrato en una asamblea de socios (ordinaria).

Hack #4: Lo que puedes pactar en tu founders agreement

Establecidas las funciones de este tipo de acuerdos, te damos algunos tips de las cláusulas que se pueden pactar dentro de tu founders agreement.

  1. Anti dilución: Para los inversionistas, esta cláusula resulta atractiva, ya que tiene como finalidad establecer mecanismos que eviten la disminución de su porcentaje accionario cada que ingrese un nuevo accionista a la sociedad.
  2. Pay to play: Es una cláusula que consiste en que los inversionistas se obligan a realizar aportaciones cada que exista un aumento en el capital social del startup, lo anterior para poder gozar de los derechos que les otorgan los pactos anti dilución; es decir pagas por seguir jugando.
  3. Exclusividad: Brinda a los socios el derecho de adquirir, vender o suministrar bienes y/o servicios.
  4. Financiamiento: Es un acuerdo que sirve para establecer los lineamientos (condiciones, términos y plazo) para el caso que la sociedad requiera ser financiada por los socios, inclusive pudiendo capitalizar ese adeudo a favor de los socios y con ello obtener un mayor porcentaje de participación.
  5. Lock Up: Los socios no pueden trasmitir, enajenar, ceder o gravar su participación social.
  6. Vesting: Otorga acciones adicionales en cumplimiento de tiempo/objetivos.
  7. Non Compete: No desarrollar giros comerciales que compitan con la sociedad (limitarlo a tiempo, materia, cobertura geográfica).

Beneficios del shareholders agreement

En conclusión, contar con un founders agreement tiene como beneficios principales:

  • Optimizar o equilibrar el funcionamiento, disuadir, evitar o resolver problemas en la gestión y coordinación de los intereses de los accionistas.
  • Pueden adherirse los accionistas futuros que ingresen a la startup.
  • No se hace público el acuerdo, queda entre las partes.
  • Ahorro de recursos (no es necesaria su celebración en escritura pública).
  • No hay necesidad de inscribirlo en el Registro Público del Comercio.

Por todo lo anterior, nuestra recomendación es que analices las posibilidades, pros y contras de tener un founders agreement.

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<h4 class="item-title">Arturo Vázquez Ríos</h4>

Arturo Vázquez Ríos

Arturo Vázquez se desempeña como abogado corporativo en Basave Colosio Sánchez S.C. y en Komenko Startup Lawyers. Es maestro en Derecho Corporativo con mención Honorífica por la Universidad Autónoma de Nuevo León y abogado por la Facultad Libre de Derecho de Chiapas. Le apasionan las áreas de Derecho de las TIC, Fintech y Propiedad Intelectual; ha participado en diversos foros como INCMty y como articulista en diversos medios nacionales. Actualmente, es catedrático en la Universidad de Monterrey.

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