Depósitos en efectivo: ¿Cuándo los debe declarar el banco?

Las instituciones financieras deben informar al SAT sobre los depósitos en efectivo en las cuentas de los contribuyentes, en ciertas condiciones que veremos aquí.

Cuando los depósitos en efectivo realizados en las cuentas bancarias de un contribuyente excedan los 15 mil pesos en un mes, el banco debe informarle al SAT.

La institución financiera deberá presentar esta declaración, tomando en cuenta los depósitos en efectivo realizados a todas las cuentas en las que el contribuyente -persona física o moral- sea titular.

Esta disposición se desprende del artículo 55 de la Ley del ISR y la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.

Específicamente, la ley señala la obligación de las instituciones del sistema financiero de declarar anualmente la información sobre los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas de los contribuyentes.

Sin embargo, El Contribuyente señala que “las instituciones financieras tendrán por cumplida la obligación de proporcionar anualmente la información, cuando opten por presentar de forma mensual la información correspondiente”.

Condiciones para declarar depósitos en efectivo

La declaración de los depósitos en efectivo es la obligación fiscal de las instituciones financieras para informarle al SAT sobre los depósitos en efectivo de los contribuyentes.

Al respecto, cabe destacar que:

  • Las instituciones bancarias sólo deben presentar esta declaración, cuando el monto acumulado en un mes sea superior a los 15 mil pesos, en las distintas cuentas de un mismo contribuyente.
  • Esta disposición es aplicable para todos los depósitos en moneda nacional o extranjera, que se efectúen en cualquier tipo de cuenta de una persona física o moral.
  • También se toman en cuenta las adquisiciones en efectivo de los cheques de caja.
  • Los bancos presentan esta declaración a más tardar el día 10 del mes siguiente al que corresponda. Y si es anual, la fecha límite de presentación es el 15 de febrero.

No obstante, cabe aclarar que esta disposición no es aplicable a las transferencias bancarias, como observa El Financiero.

La lucha contra la evasión fiscal

Esta disposición forma parte de los mecanismos del SAT para detectar posibles prácticas de elusión y evasión de impuestos.

En el caso de las personas físicas, la autoridad endureció los métodos para encontrar la discrepancia fiscal, una diferencia entre ingresos y gastos que podría ser señal de ingresos no declarados.

Para conocer estos datos sobre un contribuyente, el SAT dispone de estos medios electrónicos:

  • Comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) emitidos y recibidos.
  • Declaraciones informativas de operaciones con terceros (DIOT).
  • Declaración informativa para notarios públicos y demás fedatarios.
  • Declaraciones informativas que componen el sistema financiero, como la que se comenta en este artículo sobre los depósitos en efectivo.

<h4 class="item-title">Yenisey Valles</h4>

Yenisey Valles

Hago periodismo económico desde el 2002 y me especialicé en esta área con un diplomado en el Tec de Monterrey. Soy comunicóloga, maestra en Humanidades por la UDEM y doctora en Ciencias Sociales con orientación en Desarrollo Sustentable por la UANL. Actualmente, soy Content Manager en Bind México, además de impartir talleres de redacción en posgrado.

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